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El testamento ológrafo es una de las opciones legales que tiene una persona para dejar reflejada su última voluntad antes de que se produzca su fallecimiento. 

El hecho de realizar un testamento supone manifestar los deseos propios en cuanto a la disposición de los bienes y también de otros asuntos más personales.

Existen varios tipos de testamento, pero los tres más habituales son el testamento cerrado, el testamento abierto y el testamento ológrafo.

El testamento cerrado es el que redacta una persona y lo entrega a un notario en un sobre cerrado. Nadie conocerá el contenido hasta la muerte del testador. Puede conservarlo el notario, el interesado o una tercera persona, siempre que se mantenga cerrado.

El testamento abierto, es el más habitual. Lo redacta un notario según las indicaciones del testador . Hasta el momento de su fallecimiento lo conserva el propio notario.

El testamento ológrafo tiene unas condiciones más exigentes para ser considerado válido legalmente, ya que no requiere del depósito ante un notario.

Por qué elegir un testamento ológrafo

La fórmula del testamento ológrafo fue pensada inicialmente para utilizarla en momentos o condiciones en las que no es posible acudir a un notario para tramitar un testamento abierto o cerrado. Es el caso de padecer una enfermedad grave en estado terminal, por ejemplo. O en una situación en la que no sea posible desplazarse o el testador no disponga de tiempo para ejecutarlo ante notario.

Otro motivo por el que algunos testadores se inclinan por este modelo de testamento para repartir sus bienes y expresar sus últimas voluntades es el económico. El hecho de no tener que acudir a una notaría para formalizar este documento hace que su coste sea cero.

Es importante destacar que, actualmente, gestionar un testamento con el respaldo de un notario cuesta entre 60 y 80 euros. Realmente no merece la pena arriesgar su validez legal, con el riesgo de incumplir las condiciones que éste requiere, por este coste tan asumible.  

Prepararlo es tan sencillo como redactar sobre un papel (cumpliendo todos los requisitos legales de forma y contenido), firmarlo y guardarlo. Es importante hacer conocedor de su existencia a algún familiar o amigo de confianza para que, llegado el momento de la defunción, el testamento pueda ser localizado y respetado.

Testamento ológrafo, cómo se hace

Es muy importante la manera de redactar un testamento ológrafo si se busca su validez legal. 

Según las indicaciones del Código Civil en sus artículos 688-693, este documento debe de cumplir una serie de requisitos que resumimos a continuación.

En cuanto a su forma:

  • Un testamento ológrafo tiene que estar redactado a mano por la persona que reparte sus bienes. No puede ser un documento digitalizado, en ningún caso.
  • Igualmente, ha de estar firmado de forma manuscrita. No será válido con firmas o certificados digitales. Además, la firma debe aparecer en todas las páginas y al final del texto.
  • El documento debe estar escrito con letra clara y legible. Sin tachones ni correcciones, para evitar sospechas de manipulación. Puede no aceptarse legalmente un documento con enmiendas o tachaduras sobre cuestiones fundamentales del testamento ológrafo.
  • La persona que lo redacte tiene que ser mayor de edad. En los testamentos cerrados o abiertos se aceptan testadores desde los 14 años, pero no es el caso del ológrafo.

En cuanto a su contenido:

  • Debe incluir todos los datos personales del testador (nombre completo, DNI, dirección postal, estado civil). Además de la fecha y el lugar en el que se redacta el testamento ológrafo. Esos datos darán veracidad al documento al poderse cotejar fácilmente.
  • Si el escrito se redacta en alguna Comunidad Autónoma con normativa foral (Aragón, Cataluña, Galicia, Navarra, País Vasco y las Islas Baleares), habrá que tener en cuenta los requisitos especiales de esa Comunidad.
  • También debe de respetar la legítima, para evitar que sea impugnado por alguno de los herederos que se consideren perjudicados en el reparto. La legítima es la parte de la herencia de la que no podemos disponer libremente y hay que dejar a las personas designadas por la Ley del país o la Comunidad Autónoma correspondiente, en su caso.
  • El testamento ológrafo puede reflejar quiénes son los herederos. También cómo se desea repartir los bienes, el nombramiento de tutores legales en caso de tener hijos menores de edad, los deseos de donación de órganos, …

Existen modelos para redactar un documento de este tipo que pueden ser útiles para tomarlos como referencia al redactar un testamento ológrafo propio.

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