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El Documento de Voluntades Anticipadas, o Testamento Vital, es un recurso legal que puede utilizar cualquier persona mayor de edad. Se emplea para manifestar los deseos personales en cuanto a los tratamientos médicos que se quieren o no recibir en los últimos momentos de vida. Siempre cuando la persona se encuentre en una situación en la que no pueda expresar libremente su voluntad.

También recogerá el destino que se quiere dar al propio cuerpo o sus órganos una vez llegado el fallecimiento.

¿Qué necesito para preparar un Documento de Voluntades Anticipadas?

Para poder preparar un Testamento Vital es necesario que la persona interesada esté en pleno uso de sus facultades. Además que actúe con libertad y que sea mayor de edad. Así quedarán reflejados sus deseos en el caso de que llegue un momento en que no pueda expresarlos claramente o decidir por ella misma.

Habitualmente, cuando llega una enfermedad o un fallecimiento puede no dar tiempo a anticipar decisiones. En esos momentos tan delicados, las resoluciones necesarias no pueden tomarse a la ligera ya que son de suma importancia.

El hecho de que exista este documento de instrucciones previas servirá de guía a médicos y familiares para que obren de acuerdo a nuestra voluntad en esos complicados momentos.

¿Qué información contiene un Testamento Vital?

En el Documento de Voluntades Anticipadas se pueden reflejar nuestros deseos sobre el trato que queremos recibir de un equipo médico en cuanto a los cuidados de salud a recibir en nuestros últimos momentos de vida. Detallará si estamos dispuestos o no a recibir ciertos tratamientos médicos. También los criterios a seguir sobre cómo deseamos que se nos trate al final de nuestra vida según nuestros valores personales.

Además mostrará nuestras instrucciones y límites de atención médica en cualquier otra situación grave que termine en una limitación física o psíquica importante.

El Testamento Vital también recoge nuestras preferencias en relación al trato que queremos que se dé a nuestro cuerpo tras nuestra defunción. Reflejará por ejemplo si queremos donar nuestros órganos, si deseamos ceder nuestro cuerpo a la ciencia, si preferimos ser inhumados o incinerados, …

En el Documento de Voluntades Anticipadas se designará así mismo un representante, que conocerá nuestros deseos y se ocupará de gestionarlos llegado el momento. Esta figura será la encargada de tomar las decisiones más acordes con nuestra voluntad en el caso de que nosotros no seamos capaces de hacerlo. Actuará de interlocutor ante un equipo médico o una empresa funeraria, por lo que es importante que conozca de antemano todas nuestras preferencias.

Es recomendable designar a más de un representante por si, llegado el momento, la persona elegida no pudiera llevar a cabo su cometido.

El documento de instrucciones previas podrá modificarse o anularse en cualquier momento por la persona que lo ha realizado.

También hay que tener en cuenta que se empleará solamente en el caso de que dicha persona se encuentre en una situación que no le permita expresar normalmente su voluntad.

¿Cómo se hace oficial un Documento de Voluntades Anticipadas?

Debemos de conocer que los contenidos y requisitos necesarios para que un Testamento Vital tenga validez son diferentes en cada Comunidad Autónoma.

Además hay que legalizarlo, trámite que puede hacerse ante un notario en escritura pública o declarando ante tres testigos. En esta segunda opción, los testigos no podrán ser individuos vinculados con la persona que emite el Documento de Voluntades Anticipadas. No se aceptarán si son su pareja o un familiar de hasta segundo grado de parentesco. Tampoco si tienen alguna relación económica o patrimonial con ella.

Al registrar el Testamento Vital, éste quedará disponible para el centro médico en el momento que se necesite. Si lo ha firmado un notario, será él quien se encargue de su registro. Si se ha hecho ante tres testigos, podrá registrarlo el propio interesado o un representante en su nombre.

Cada Comunidad Autónoma tiene sus registros de voluntades anticipadas que interactúan con el Registro Nacional de Instrucciones Previas.

También podemos optar por no registrar el documento, en cuyo caso habrá que asegurarse de facilitar una copia a los representantes, a la familia o a los responsables de Salud para que se incluya en su historial médico.

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