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La exhumación es el acto de desenterrar un cadáver, o sus restos cadavéricos, del lugar donde fue enterrado. Se entiende como cadáver el cuerpo humano durante los cinco primeros años siguientes a la muerte. Se consideran restos cadavéricos a lo que queda del cuerpo una vez transcurridos los cinco años siguientes al fallecimiento.

Razones para ejecutar una exhumación

Generalmente, una exhumación se realiza para trasladar un cadáver de un lugar a otro o porque llega el final de la concesión del nicho o sepultura. Estas razones son las más habituales, aunque también lo es realizar una exhumación para incorporar un segundo cuerpo a la unidad de enterramiento. Y, aunque es mucho menos frecuente, puede producirse una exhumación por orden judicial (investigaciones policiales, paternidades no reconocidas, …).

Aunque el proceso es sencillo, tiene que ser efectuado por el personal cualificado y autorizado de una empresa funeraria

Permisos para realizar una exhumación

Cada Comunidad Autónoma tiene un reglamento específico pero, generalmente, la exhumación de un cadáver requiere de un permiso de los familiares, una orden judicial o, en el caso de restos cadavéricos, de una autorización sanitaria. 

Desenterrar un cadáver sin la autorización previa, o con personal no autorizado, puede constituir un delito con penas de multa y prisión. 

Las exhumaciones ilegales están recogidas en el Código Penal, que establece: “El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses”.

De esta manera, solo los titulares de la unidad de enterramiento, o un juez en su caso, podrán solicitar este procedimiento.

Para obtener los permisos necesarios para efectuar una exhumación se debe presentar la partida de defunción literal expedida por el Registro Civil correspondiente al domicilio del fallecimiento, y la autorización del titular desde donde se vaya a efectuar el traslado del cadáver.

Los tiempos de una exhumación

A la hora de abrir una unidad de enterramiento debemos tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma se guía por su propia legislación y por tanto no tienen porqué coincidir los tiempos de unas y otras. 

En general, la media de espera en España para realizar una exhumación puede estar entre dos y cinco años. El hecho de que la mayor parte de las unidades de enterramiento (nichos, sepulturas, columbarios,…) sean municipales, facilita su uso en periodos cortos de varios años. Según la ubicación, los alquileres pueden ser de cinco, diez, cincuenta o setenta y cinco años. En cualquier caso, el periodo mínimo de concesión en nuestro país es de cinco años y el más habitual de diez años.

Cada vez que termina la concesión sobre una unidad de enterramiento, la familia debe elegir si la renueva por otro periodo, adquiere otra unidad o incinera los restos allí depositados. Si no se realiza ninguna de estas acciones, el cementerio procederá a la exhumación de los restos y a su traslado a una fosa común. 

Los tiempos se han estipulado de esta manera para que el cuerpo que está enterrado no suponga ninguna amenaza para la salud pública.

Cada caso de exhumación requerirá unas autorizaciones específicas y tendrá unos tiempos concretos dependiendo de diversos factores. 

No supone la misma gestión exhumar un cadáver que unos restos cadavéricos. Tampoco mover un cadáver dentro de un mismo cementerio o tener que trasladarlo a otra ciudad, o incluso a otro país.

Las autorizaciones necesarias también serán distintas en cada caso, por lo que conviene informarse de la legislación específica de cada Comunidad Autónoma.

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