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Repatriación de cadáveres

repatriación de cuerpos

Repatriación de cadáveres es el nombre que se da al proceso de traslado del cuerpo de un fallecido desde un país a otro. 

Este servicio lo ofrecen algunas funerarias, como ‘Servicios Funerarios Tempus’, y no es un proceso sencillo. Son necesarios muchos trámites administrativos y de logística para trasladar el cuerpo de un difunto a su país. O traerlo a España si falleció fuera de nuestras fronteras. 

Además, los requisitos dependen de cada país, así que pueden variar en cada ocasión. Y también es importante el motivo de la muerte, pues puede influir en la celeridad de las gestiones.

Normalmente, los seguros de viajes y los seguros de decesos cubren este tipo de incidencias que se pueden producir cuando nos encontramos fuera de España: la repatriación de cadáveres.

Lo más sencillo para las familias en estos casos es contratar a una empresa de servicios funerarios para que se encargue de manejar todo el proceso. La funeraria elegida y el Consulado español en el país donde se produjo el deceso tramitarán todos los documentos y procesos necesarios para devolver al difunto a su país de origen.

¿Cómo se hace una repatriación de cadáveres?

La normativa que regula el traslado internacional de cadáveres es un Real Decreto del año 1974: Reglamento de policía sanitaria mortuoria. Como se trata una actividad propia de Sanidad Exterior, es el Estado el que tiene competencia en todo lo relacionado con la repatriación de cadáveres y restos mortales.

España cuenta con diversos acuerdos oficiales entre los distintos países para devolver a nuestro país los restos mortales de una persona fallecida fuera de él. 

Los reglamentos son diferentes si queremos repatriar el cuerpo o las cenizas del difunto. La familia es la que decide qué quiere hacer con el cadáver, si conservar su cuerpo para la repatriación o si proceder a una incineración.

Habrá que informarse en la Embajada de cada país para cumplir con sus propias leyes. También con sus protocolos a la hora de emitir certificados de defunción u ordenar autopsias. Aquí nos asesorarán sobre cómo inscribir la muerte en el Registro Civil del Consulado y sobre cómo gestionar la repatriación.

¿Qué hacer para repatriar un cuerpo?

El primer paso ante una repatriación de cadáveres es dirigirse al Consulado de España en el país donde se produjo el fallecimiento. Se solicita la autorización para proceder al traslado del cuerpo, aportando la siguiente documentación obligatoria:

  • Escrito al Cónsul General pidiendo la autorización para proceder al traslado. Describiendo el transporte que se utilizará. Aportando toda la documentación del finado (datos personal, causa y fecha de la muerte, destino final de los restos)
  • Certificado médico de defunción del país de origen
  • Apostillado por la Haya, certificado de defunción de las autoridades locales
  • Certificado de defunción del registro Civil español (para fallecidos españoles)
  • Tanatopraxia: certificado de  actuaciones realizadas. Es obligatorio proceder al embalsamamiento del cuerpo antes de su transporte
  • Autorización judicial para el traslado (si la muerte fue violenta)
  • Documento de autorización de salida del país por las Autoridades Sanitarias.

Para proceder al traslado de un cuerpo, éste deberá colocarse (previamente embalsamado) dentro de un féretro reglamentario y sellado. Este tipo de féretros se compone de dos cajas: una interior de madera y una exterior metálica (de plomo o zinc). Ambas están unidas solidariamente y sin ninguna abertura entre ellas ni al exterior.

El traslado del féretro se realiza habitualmente en la bodega de equipajes de aviones regulares o de carga.

¿Qué hacer para repatriar las cenizas de un difunto?

Para trasladar las cenizas resultantes de la incineración de un fallecido, se requiere la misma documentación que para la repatriación de cadáveres, además del certificado de incineración.

Para transportarlas en avión, el procedimiento es algo más sencillo porque no se necesita cumplir ninguna exigencia sanitaria. Las cenizas deberán viajar dentro de una urna funeraria sellada y con el nombre del finado en el exterior.

Habitualmente, la urna puede ser transportada en la cabina como equipaje de mano. Algunas compañías aéreas obligan a transportarlas en la bodega de equipajes. Para no tener problemas en el traslado, es recomendable viajar con el certificado de defunción del país de origen, el certificado de defunción español, el certificado de incineración y una declaración de la funeraria indicando el contenido de la urna.

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