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El tercio de mejora en una herencia es una fórmula que puede utilizar cualquier testador para favorecer a un heredero frente al resto. Esta formulación es opcional y voluntaria, debiendo quedar plasmada en el testamento en caso de querer utilizarla.

En el testamento que refleja una herencia, habitualmente se distinguen tres partes: la legítima, el tercio de libre disposición y el tercio de mejora. Este último también puede entenderse como parte de la legítima estricta, contando el conjunto como los dos tercios de la herencia.

La legítima es la parte de la herencia que irá destinada forzosamente a los hijos. Es derecho irrevocable de éstos siempre que no hayan incurrido en causa de indignidad o desheredación demostrada.

El tercio de libre disposición corresponde a la parte de la herencia que el testador puede dejar a quién desee. Sin tener que justificar las causas ni estar sujeta a parentescos.

El tercio de mejora en una herencia sólo puede beneficiar a hijos o descendientes . Sus condiciones quedan recogidas en el artículo 808 del Código Penal español. Allí se indica cómo los progenitores pueden hacer uso de uno de los dos tercios que forman la legítima global para aplicarla como mejora.

No debemos confundir el tercio de mejora con la mejora. El primero comprende la tercera de las partes en las que se divide una herencia, mientras que la segunda alude concretamente a la disposición de bienes que se realiza a favor de uno o varios hijos o descendientes.

Tipos del tercio de mejora

El testador puede disponer libremente del tercio de mejora de una herencia para favorecer a uno o varios de sus descendientes directos. No es necesario que esta mejora abarque un tercio completo del legado, también puede disponerse de una parte. Según el caso, hablaremos de mejora total o parcial.

El hacedor del testamento también puede optar por no disponer del tercio de mejora a favor de ningún heredero. En esta circunstancia quedará conformada una legítima global o amplia, ya que la parte de la mejora quedará integrada en esta otra. En este caso, ambas partes quedarán unidas en la conocida como ‘herencia legítima’ y se repartirán en partes iguales entre todos los herederos forzosos.

Lo que es muy importante es que, si el deseo del testador es beneficiar a uno o varios descendientes sobre el resto, el tercio de mejora debe quedar reflejado expresamente. La mejor forma de hacerlo es a través de un testamento, aunque también se puede hacer una donación entre vivos o en un contrato oneroso con un tercero. Si se opta por una de las dos últimas opciones el tercio de mejora se denomina contractual. Aunque reflejarlo en un testamento es lo más habitual y se conoce como testamentario. 

También podemos hablar de una mejora tácita cuando el testador no ha especificado claramente el término de mejora en su testamento, pero se entiende claramente su intención de aplicarla.

A la hora de hacer el testamento, no es necesario especificar concretamente qué bienes se reparten y de qué manera. Basta con indicar que se quiere hacer uno del  tercio de mejora de una herencia de forma parcial o total en favor de uno o varios herederos. Tras la muerte del transmisor, éstos deberán ponerse de acuerdo para hacer el cuaderno particional o, si se teme el conflicto, el testador podrá designar a un albacea que se ocupe de realizar el reparto según su última voluntad.

Los beneficiarios del tercio de mejora

Como ya hemos comentado, el tercio de mejora en una herencia podrá beneficiar exclusivamente a hijos o descendientes directos, es decir, nietos. En el caso de que éstos fueran menores de edad a la hora de recibir la herencia, podría designarse igualmente un albacea que administre estos bienes como una sucesión hereditaria.

El viudo o viuda no queda contemplado legalmente en el tercio de mejora en una herencia, aunque se puede hablar de la legítima viudal como el usufructo temporal o vitalicio de los bienes especificados en el tercio de mejora. Esta fórmula entra en juego cuando no se dispone de un testamento

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