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Las ventajas de hacer un Testamento Vital son valoradas por cientos de ciudadanos de nuestro país cada año. Hoy en día contamos con la posibilidad de formalizar legalmente este documento, también conocido como Testamento de Voluntades Anticipadas

Mediante este documento cualquier persona puede dejar constancia, oficialmente y por escrito, de cuál es su voluntad respecto a los tratamientos médicos que desea o no recibir en caso de sufrir una enfermedad grave. Si hemos formalizado previamente este documento, ante la toma de ciertas decisiones médicas, los profesionales de la salud deberán respetar siempre la voluntad del paciente.

Ventajas de hacer un Testamento Vital

Las ventajas de hacer un Testamento Vital se hacen más evidentes en los siguientes puntos:

  • Conseguimos dejar constancia de nuestros deseos acerca de los cuidados médicos que deseamos recibir, o no, ante una enfermedad grave o terminal.
  • Podemos incluir todas las instrucciones y límites que deseamos sobre las actuaciones de los profesionales de la salud.
  • Da confianza y seguridad a pacientes enfermos de alzheimer o enfermedades similares que van mermando su capacidad de tomar decisiones.
  • También podemos dar indicaciones sobre el tipo de atención que queremos recibir al margen de las decisiones médicas, como ser atendido en casa o en un hospital, rechazar o garantizar una autopsia tras la muerte, recibir o no asistencia religiosa,… 
  • Igualmente, puede reflejar nuestros deseos en cuanto a los actos fúnebres que deseamos, como si preferimos un enterramiento o una incineración, una ceremonia religiosa o un funeral civil,… 
  • Nuestros familiares quedan obligados a respetar los deseos que recoja este documento, lo que también les eximirá de cargar con dudas y responsabilidades.
  • En el Testamento de Voluntades Anticipadas se nombra a un representante autorizado que será quien deba interpretar y hacer cumplir las instrucciones del difunto.
  • Facilita la toma de decisiones a la familia desde el momento en que no podamos expresar nuestra voluntad por nosotros mismos.

Y otras ventajas legales…

  • Si deseamos ser donantes de órganos, el Testamento Vital recoge nuestra voluntad y regula cuál será el procedimiento cuando llegue el momento.
  • El Testamento Vital debe respetar la Ley, por lo que no podrá incluir por ejemplo una eutanasia activa no legalizada.
  • Pueden otorgarlo todos los ciudadanos mayores de edad, aunque también los mayores de 16 años siempre que ya no estén sujetos a la patria potestad de sus padres o tutores.
  • El Testamento de Voluntades Anticipadas queda inscrito oficialmente en el Registro Público y en el historial clínico de la persona en la Sanidad Pública española.
  • Puede formalizarse ante el propio personal del Registro Autonómico, ante notario o ante tres testigos sin vinculación directa ni patrimonial con el interesado.
  • El Testamento Vital puede modificarse o anularse en cualquier momento que estime oportuno el interesado, siempre que se sigan los trámites legalmente establecidos.

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